El Ministerio ha entregado a STAJ un
proyecto de reforma de la Ley 20/2011, del Registro Civil, en el que se
mantienen la estructura actual del Registro Civil. Este proyecto ha sido ya
presentado en la Mesa del Congreso de los Diputados en forma de Proposición de
Ley.
·Las oficinas de Registro Civil
seguirán servidas por funcionarios de Justicia, con carácter exclusivo.
·Los Letrados de la Administración de
Justicia serán los nuevos Encargados. Los Jueces de Paz mantienen funciones de
Registro Civil.
·Se mantiene la ubicación actual de
todas las oficinas de Registro Civil.
Como informamos hace unas semanas tras la reunión mantenida entre STAJ y
la Secretaria de Estado de Justicia Carmen Sánchez, la modificación incidirá de
lleno en la estructura del Registro Civil, de manera que desaparecerá
de la ley la organización en una Oficina Central y Oficinas Generales (una
por Comunidad Autónoma, más otra optativa por cada 500.000 habitantes, y otra
más excepcionalmente al arbitrio de cada Comunidad Autónoma en función de
determinados criterios), además de las Consulares, manteniendo en
cambio la misma estructura actual del Registro Civil.
De esta forma, se mantienen todos los puestos de trabajo que
desaparecerían de aplicarse las previsiones de la Ley de 2011, que extraía el
Registro Civil de la Administración de Justicia, dejando de ser servido por
funcionarios de Justicia.
Junto a ello, se apuesta por la implantación del folio único personal (en
contraposición a las “secciones” actuales del Registro Civil), la plena
digitalización y tramitación electrónica del Registro Civil, la inversión en la
renovación de los equipos informáticos, avances todos ellos imprescindibles en
la era de la Administración electrónica en que nos encontramos.
Desde STAJ celebramos que en el texto se recoja buena parte de nuestras
exigencias en materia de Registro Civil (público y gratuito, dentro de la
Administración de Justicia, servido enteramente por funcionarios de Justicia en
activo con mantenimiento íntegro de los puestos de trabajo, manteniendo la
demarcación actual incluidos los Juzgados de Paz), y que venimos reclamando
desde antes incluso de la promulgación de la Ley de 2011, prácticamente en
solitario, por mucho que ahora otros quieran aparecer como “salvadores” del
Registro Civil.
Con todo, no renunciamos a reclamar la recuperación de aquellas
funciones propias del Registro Civil que han sido atribuidas a otros
profesionales en los últimos tiempos, entendiendo que las oficinas de Registro
Civil deben mantener competencias reales. Estamos estudiando detenidamente el
texto y estamos preparando propuestas de enmienda en algunas cuestiones,
relativas sobre todo a Relaciones de Puestos de Trabajo de las Oficinas
registrales, régimen de competencia en la práctica de asientos y otras
materias, funciones del personal y recuperación de competencias registrales que
han sido “externalizadas”. Enmiendas que presentaremos a los Grupos
Parlamentarios, con los que ya hemos establecido contacto.NOTA: Ante las constantes copias que padecemos por parte de otro sindicato sin presencia en mesa sectorial de Justicia, aclaramos que esta información ha sido elaborada por STAJ y es resumen de las actuaciones que hemos realizado y las reuniones mantenidas, entre otros, con la Secretaria de Estado de Justicia, en relación con el Registro Civil. El texto que se adjunta también ha sido adelantado directamente a STAJ por el propio Ministerio de Justicia, ya que aún no está disponibles en la Web del Congreso de los Diputados