En la página del Ministerio, se ha colgado
el borrador de la Orden de la Convocatoria, Anexo II de instancia, Anexo
IV de alegaciones, que se publicarán en el BOE el 7 de Julio.
En ese borrador de la convocatoria se
establece que "todos los funcionarios que participen en el presente
concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación
y Auxilio, a nivel nacional, deberán de rellenar la solicitud por
medios telemáticos entrando en el Portal del Ministerio de Justicia, en la
siguiente dirección: www.mjusticia.gob.es/CIUDADANOS/Empleo
público/Concursos de traslados/CONCURSO DE TRASLADOS ORDINARIO GESTION,
TRAMITACION Y AUXILIO 2017
Una vez que hayan entrado en dicha página
pulsarán en el enlace que aparece en la misma con el nombre “G.T.A. Concurso de
traslados”, y el sistema les guiará en la confección de la solicitud siguiendo
las instrucciones que se les irá indicando.
Con ello se conseguirá el objetivo de
evitar errores en la transcripción de los códigos, puesto que los datos
grabados por el concursante quedarán automáticamente almacenados en el sistema
informático.
Los concursantes deberán presentar el
modelo de instancia en el impreso definitivo generado por el asistente
informático, no el borrador, ya que éste no tendría
validez Dicha presentación se realizará por el sistema ordinario, de
acuerdo con lo especificado en los puntos 1 al 7 de la presente Base
Si alguno de los solicitantes quisiera
modificar una solicitud ya confirmada, dentro del plazo de presentación de
solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva solicitud a través
del asistente, debiendo presentarla según los puntos 1 a 7 de esta Base
aludidos anteriormente
Se considerará válida la solicitud que
tenga el sello del registro de entrada dentro del plazo con fecha posterior,
quedando anulada, por tanto, la solicitud que tenga estampado el sello del
registro de entrada con fecha anterior.
No serán admitidas aquellas solicitudes
que no se hayan confeccionado telemáticamente con dicho asistente de
inscripción."
Es decir, la novedad de este año
es que obligatoriamente se ha de realizar la solicitud telemáticamente a través
del Portal del Ministerio de Justicia, pero la presentación de la
solicitud grabada y posteriormente impresa y firmada, se ha de presentar de la mismo
forma que en años anteriores, ya sea en Gerencias, registros, correos,
etc.