sábado, 7 de enero de 2017

la justicia permite el despido por tolerar el acoso laboral y sexual a compañeros

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en Sentencia de fecha 20 de septiembre del 2016, establece que tolerar el acoso laboral y sexual de un compañero de trabajo hacia otros empleados, a través de una conducta pasiva, constituye una falta de laboral muy grave y culpable, susceptible de ser sancionada con el despido disciplinario. Estas conductas no se pueden tolerar por la empresa ni se pueden admitir aunque sea de forma tácita.
El abuso de confianza en el desempeño del trabajo exige no solo la existencia de una relación laboral, sino una violación de los deberes de fidelidad y una actuación de conocimiento laboral de esa conducta vulneradora por parte del trabajador.
Las afectadas por el acoso laboral y sexual en este caso concreto, le habian hecho llegar al recurrente, reiteradas quejas que resultaron desatendidas.
Por tanto, la empresa basa el despido entre otras razones, en la actitud pasiva que el responsable del equipo de trabajo ha mantenido, pese a tener conocimiento directo de que tres empleadas estaban sufriendo una situación de acoso laboral y sexual por parte de un trabajador, sin comunicarlo a la empresa ni adoptar medida alguna para evitar la reiteración de tales hechos.
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