Este martes 16 de diciembre ha tenido lugar el acto formal
de firma del Acuerdo de sobre Principios Inspiradores para la Implantación de
la Oficina Judicial y Fiscal en el Ámbito Territorial de Andalucía, que
garantiza los derechos y retribuciones de los funcionarios en el tránsito hacia
el nuevo modelo organizativo, además de establecer una serie de garantías en
orden a la adscripción y diferenciación de los puestos de trabajo en los
diversos centros de destino.
El Acuerdo ha sido firmado por el Consejero, Emilio de
Llera, y los representantes de las organizaciones sindicales entre ellas STAJ,
en un acto celebrado en el Parlamento de Andalucía.
El Vicesecretario General
Nacional de STAJ y Coordinador en Andalucía, José Luis Fernández, ha
manifestado tras la firma de este Acuerdo que gracias a la negociación el
documento definitivo “se
parece poco al primer borrador propuesto por la Consejería,habiéndose producido
un importantísimo avance desde una propuesta inicial muy escasa, hasta lograr
un documento definitivo que garantiza
sobradamente los derechos de los trabajadores y fija los criterios generales
del nuevo modelo, lo que va agilizar la futura negociación de las relaciones de
puestos de trabajo”,
Recordemos que, gracias a este Acuerdo, se garantiza:
· Mantenimiento
de todas las retribuciones, incluso para aquellos funcionarios que en el
acoplamiento pasen excepcionalmente a ocupar puestos con un complemento menor
que el que actualmente tengan.
· Mantenimiento
de las guardias, con la misma periodicidad que actualmente y con inclusión
diferenciada de estos puestos en la RPT.
· Mantenimiento
de las plantillas actuales y
compromiso de consolidación de refuerzos estructurales.
· Voluntariedad
como principio básico en los procesos de acoplamiento y garantías adicionales en caso de
reasignación forzosa (no congelación de dos años para concursar, no obligación
de participar en el primer concurso, preferencia para obtener un puesto
de trabajo en el centro de destino de origen en el primer concurso en que se
convoquen puestos genéricos en el mismo).
· División
de los servicios comunes en secciones, a efectos de adscripción de puestos
de trabajo y asignación de funciones. Los funcionarios pueden pedir traslado en
concurso de una sección a otra aunque se trate del mismo centro de destino. La
Consejería no lo ha aceptado para ciudades nivel III (partidos sin separación
de jurisdicciones) y Fiscalías.
· Mantenimiento
de los actuales puestos de trabajo genéricos con retribuciones complementarias
más altas y creación de otros nuevos (actos
de comunicación, VSM, dedicación especial, horario especial). Se cubrirán por
concurso de traslado ordinario.
· Compromiso
de creación de puestos singularizados (jefaturas) con un complemento específico
más alto, para todos los cuerpos generales y escalas. Se accederá por
concurso específico.
· Diferenciación de los
puestos de trabajo de las UPADs según la jurisdicción en sentido estricto (UPADs de juzgados de 1ª Instancia,
Mercantil, Familia, Instrucción, de lo Penal, Menores, VSM